Servicios Notaría San Martín de la Vega – Herencias y Testamentos
En Notaría San Martín de la Vega ofrecemos servicios de planificación fiscal óptima para la sucesión familiar o empresarial, tanto durante la vida como después del fallecimiento. Analizamos minuciosamente cada situación individual con el objetivo de lograr la máxima eficiencia en liquidación de impuestos.
Nuestro enfoque integral garantiza el cumplimiento de todos los plazos legales y acatamiento de la legislación tributaria pertinente.
«La intervención del notario, como experto que redacta el testamento, garantiza que se cumplen todas las formalidades legales y que el contenido del testamento sea ajustado a Derecho, especialmente que se respeten las legítimas a las que luego se hace referencia.» – Consejo General del Notariado
1. Aceptación y adjudicación: La adjudicación es el proceso de asignar los lotes a los coherederos de manera que se satisfaga y cubra equitativamente su parte correspondiente. Una vez realizada la entrega de los lotes, se adquiere la propiedad de los bienes heredados. Los títulos de adquisición o pertenencia serán entregados al coheredero que haya sido adjudicado con la finca o fincas correspondientes.
2. Adición a Herencias: La adición de una herencia se refiere a la aceptación del patrimonio, ya sea de manera expresa o tácita, por parte del heredero testamentario o legítimo. Si algún bien patrimonial ha sido omitido en la partición, no necesariamente debe ser descartado, ya que aún mantiene efectos jurídicos. En tal caso, es necesario formalizar una escritura de adición de herencia, en la cual se incluyan y adjudiquen los nuevos bienes.
3. Renuncia: Cuando una persona fallece, todos sus bienes, incluyendo deudas y obligaciones, se transmiten a su heredero. Si el beneficiario decide renunciar a la herencia, quedará exento de cualquier bien o carga dejados por el testador. Una alternativa intermedia entre la aceptación y la renuncia es la aceptación a beneficio de inventario: en este caso, la herencia se liquida priorizando el pago de las deudas existentes; si no hay suficientes activos o fondos para cubrir dichas deudas, el heredero no será responsable de ellas con sus propios bienes.
4. Testamento: El testamento es un documento que refleja la voluntad de una persona en cuanto a la distribución de sus bienes después de su fallecimiento. El proceso para realizar un testamento es bastante sencillo: solo se requiere presentar el documento nacional de identidad y explicar al notario cómo se desea repartir el patrimonio una vez que el testador haya fallecido.
5. Actas de Heredero: En el caso de que el causante no haya otorgado testamento alguno en vida, deberá hacerse para la declaración de herederos correspondiente acta en notaría en, donde según la ley, se determina quiénes son los llamados a la herencia de esa persona que no los ha designado expresamente en el testamento.
Compraventa, donación, constitución de hipotecas y otras operaciones inmobiliarias.
Formalización de pólizas mercantiles y contratos financieros, dotándolos de carácter público.
Capitulaciones matrimoniales, régimen económico matrimonial, reconocimiento de hijos y actos asociados con el ámbito familiar.
Asesoramiento en constitución y modificación de sociedades y otros actos mercantiles, asegurando el cumplimiento de leyes vigentes.
Poderes notariales para delegar facultades en otra persona, para gestiones específicas o generales, asegurando su validez y eficacia jurídica.

Lucía Fe Andrino Díaz
Notaría en San Martín de la Vega